La Asociación Española de Neuropsiquiatría tenderá a constituir Secciones que agrupen orientaciones, tendencias o conjunto de asociados con específicos intereses comunes a nivel científico o profesional.

La constitución de una Sección será aprobada en Asamblea General Extraordinaria a propuesta de la Junta de Gobierno o un número no inferior a treinta socios.
Los socios que propongan las Secciones serán miembros de las mismas, así como todos los asociados que lo soliciten. Estas tendrán un Presidente y un Secretario elegidos entre ellos. El vicepresidente será el responsable de la coordinación con las Secciones. Las Secciones celebrarán, como mínimo, una reunión bianual en la que elegirán entre sus miembros a un Presidente y a un Secretario.

(Artículo 7. 2 de los Estatutos de la Asociación Española de Neuropsiquiatría).

 

Secciones de la AEN: Reglamento.