Alegaciones al RD de creación de la especialidad de Psiquiatría del Niño y del Adolescente

El presente documento ha sido enviado a la Subdirección General de Ordenación Profesional Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

 

La Asociación Española de Neuropsiquiatría- Profesionales de la Salud Mental (AEN-PSM) celebra el paso que supone el Real Decreto  por el que se crea el título de Médico Especialista en Psiquiatría del Niño y del Adolescente y se modifica el actual título de Médico Especialista en Psiquiatría por el de Médico Especialista en Psiquiatría del Adulto y aporta estas alegaciones con el objeto de favorecer la puesta en marcha de la especialidad y prever cualquier dificultad para sus inicios.

Apoyamos las alegaciones que han presentado conjuntamente la Sociedad Española de Psiquiatría y Psicoterapia del Niño y del Adolescente (SEPYPNA), la Asociación Española de Psiquiatría del Niño y del Adolescente (AEPNYA), y  nuestra propia sección de Salud Mental Infanto-Juvenil.

Desde una perspectiva global, como asociación de profesionales de la salud mental de todos los ámbitos queremos hacer unas aportaciones complementarias en diferentes apartados.

En lo relativo al procedimiento de homologación

La experiencia con la homologación de otras especialidades de la Salud Mental como la Psicología Clínica y la Enfermeria de Salud Mental, indica que se pueden dar múltiples circunstancias particulares que no pueden recogerse en el RD. Más en este caso en que los especialistas que ya han tenido un proceso de formación reglado y que hay trayectorias profesionales muy diversas en función de la organización asistencial. Por eso creemos que se ha de habilitar a la Comisión de la Especialidad o si se prefiere a la Comisión Delegada para interpretar la aplicación de la norma a cada caso concreto, de acuerdo con unos criterios generales que serían:

  1. Los periodos de tiempo necesarios para la acreditación para los profesionales que estén trabajando en el área, deben contabilizarse sobre un periodo total de 4 años (y no 5), que es el necesario para la especialidad hasta ahora.
  2. Considerar la situación particular de los profesionales que hayan compatibilizado la dedicación a la Psiquiatría Infantil y ampliar los plazos para cumplir los requisitos.
  3. Considerar la situación de los residentes de psiquiatría actuales y sus opciones si deciden cambiar de especialidad.
  4. La exigencia de acreditar “actividades formativas que se determinen en el programa” ha de considerar los escenarios asistenciales reales en el momento de entrada en vigor y no los requisitos del programa para los futuros especialistas.
  5. La exigencia relativa a las publicaciones debería ser un mérito en caso de duda y no un requisito.
  6. Habilitar a la Comisión para proponer actividades formativas o requisitos complementarios para los casos dudosos o denegados.

Respecto al nombre y la definición

Entendiendo que es un aspecto que puede modificarse en otros momentos del proceso, la creación de la nueva especialidad no requiere la modificación del nombre de la actual. Tampoco es necesario que la norma defina el perfil del especialista que viene determinado por el programa y sus competencias.

Respecto a la memoria económica

Esta memoria se basa en gastos muy detallados pero simples, sin incluir costes indirectos y una estimación de profesionales basada en la reposición sin prever el desarrollo de nuevos servicios. La reducción a 185 plazas de las 241 actuales resulta alarmante porque va a suponer mermas asistenciales derivadas de la escasez de especialistas que generarán costes no evaluados. En tanto no se haga una valoración más rigurosa el número de plazas debería mantenerse ligado a la oferta actual de las unidades docentes con el adecuado reparto entre ambas especialidades.

Agradecemos que se tengan por presentadas estas alegaciones con el convencimiento de que facilitarán el objetivo compartido de disponer de la nueva especialidad.

Fdo:

Mikel Munarriz Ferrandis.

Presidente de la AEN-PSM