Comunicado de la Asociación Española de Neuropsiquiatría en relación a la reforma de la Ley del Aborto

Hace justamente un año, un gran número de Asociaciones de Mujeres, de profesionales  y los partidos políticos de la oposición nos movilizamos en contra de la reforma de la Ley  de plazos existente desde 2010, por una más que restrictiva Ley de Supuestos propuesta por el Partido Popular.  Gracias a la presión ciudadana, encabezada por las mujeres, pero también por sectores profesionales como el nuestro, dicha reforma fue paralizada.

Ahora el Grupo Parlamentario Popular ha presentado una Proposición de Ley para exigir el consentimiento parental para las jóvenes de entre 16 y 18 años y mujeres con discapacidad que deseen acceder a un aborto legal y seguro, justificando esta medida en una supuesta mayor protección de estos dos grupos de mujeres.

Sin embargo, Naciones Unidas recomienda que para mejorar la protección de las mujeres, los Estados deben eliminar los obstáculos en el acceso a un aborto legal y seguro.

Exigir este consentimiento, trae consigo con toda probabilidad, un aumento del número de adolescentes  que recurren a procedimientos peligrosos, inseguros, clandestinos e ilegales, poniendo en riesgo su salud, bienestar, y hasta su vida. Asimismo, sitúa a las menores que puedan ser objeto de violación por parte de su progenitor o de las personas que ostenten la patria potestad, en una situación de especial indefensión.

Por todos estos factores, nos parece un atentado contra la salud mental de esos dos grupos de mujeres, y  un aumento de los factores de riesgo para su integridad psíquica.

Es por eso que la Asociación Española de Neuropsiquiatría – Profesionales de Salud Mental nos oponemos a esta Proposición de Ley con más fuerza si cabe que con la que nos resistimos a la anterior, que afortunadamente no vio la luz, porque nos parece que se ceba en las mujeres más indefensas y desfavorecidas, unas por su grupo de edad  y otro por sus condiciones de discapacidad.

Esta nueva propuesta, sin más argumentos que los puramente electoralistas, nos parece,  además de un nuevo atentado contra la libertad de las mujeres, una discriminación contra las jóvenes y las discapacitadas, dado que la mayoría de edad sanitaria en España es de 16 años, pudiendo a partir de esa edad, decidir sobre una operación a vida o muerte. Mucho antes de esa edad las mujeres pueden decidir sobre aspectos tan cruciales sobre su vida como contraer matrimonio o  mantener relaciones sexuales.  Resulta sorprendente que una mujer de 16-17 años no pueda decidir sobre si desea o no tener un hijo y se le obligue legalmente a ser una madre competente a esa misma edad.

Si se aprueba la reforma, las adolescentes y las mujeres discapacitadas no podrán acceder por si mismas a un aborto legal y seguro. Esta diferencia, que no está basada en criterios médicos, constituye un elemento de discriminación de género, con posibles consecuencias para su salud.

La Organización Mundial de la Salud ha destacado que para proteger a las menores, las políticas y las prácticas deben alentar, pero no exigir, el consentimiento de los padres. También ha destacado que el requisito de autorización de los padres viola el derecho a la privacidad y el acceso de las mujeres a la atención médica sobre la base de la igualdad de hombres y mujeres.

Según los datos disponibles, son aproximadamente 400 mujeres entre 16 y 17 años las que alegan para interrumpir el embarazo diferentes razones para no pedir el consentimiento paterno o tutelar (riesgo de violencia de género, abusos sexuales, desamparo familiar, familias desestructuradas, etc.), situaciones frecuentes en la sociedad española aunque sean ignoradas por el PP. Son precisamente estas mujeres, las más vulnerables y desamparadas las que quedarían indefensas si el plan propuesto por el PP para contentar a una parte de su electorado consigue aprobarse,

Con respecto a las mujeres con discapacidad, los Estados tienen la obligación de velar porque se efectúe la consulta apropiada directamente con la persona con discapacidad y no permitir que el consentimiento sea otorgado por terceras personas que actúen en su nombre.

Consideramos como Asociación de Profesionales de Salud Mental que para proteger a las mujeres y no vulnerar sus derechos, el Gobierno y el Grupo Parlamentario Popular deben respetar y cumplir las recomendaciones de Naciones Unidas.

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Comunicado de la AAPSM sobre la Enfermería especialista en Salud Mental en Andalucía

La Asociación Andaluza de Profesionales de Salud Mental quiere manifestar su malestar por la forma en que el Servicio Andaluz de Salud ha realizado las contrataciones realizadas a primeros del mes de Febrero, bajo el argumento de mejorar las condiciones de los profesionales sanitarios.

Acceda aquí al texto completo del comunicado

 


XIII Jornadas de la Sección de Psicoanálisis de la AEN

"La Estructura familiar en la clínica psicoanalítica contemporánea"

10 y 11 de Abril de 2015

Colegio Oficial de Médicos de Madrid
C/ Santa Isabel, 51

 DESCARGAR PROGRAMA COMPLETO

En estas Jornadas, a través de distintas mesas redondas, intentaremos profundizar cómo la estructura familiar establece la constitución del sujeto desde la perspectiva psicoanalítica, qué mutaciones ha sufrido la familia en las últimas décadas y qué efectos tienen sobre los vínculos y la subjetividad.

Inscripción gratuita en aen@aen.es

 


Comunicado AEN sobre la Modificación del Código Penal

Desde el inicio de esta legislatura se está produciendo en todo el Estado, justificado en la necesidad de ajuste presupuestario para la reducción del déficit, una disminución de la inversión y en el mantenimiento de los servicios públicos en general y de los sanitarios en particular.
Como no podría ser de otra manera, este hecho afecta también a la atención a la Salud Mental. Estamos asistiendo a un doble reajuste. El relacionado con los recursos sanitarios y el relacionado con los recursos sociosanitarios destinados a la reinserción de los pacientes.
Paralelamente, se proponen modificaciones legislativas que merman derechos de protección a la salud, tanto al excluir a determinados colectivos de recibir una adecuada atención sanitaria, como los inmigrantes, como a tener que contribuir económicamente en el sostenimiento de los tratamientos en enfermedades crónicas en colectivos con escasos recursos económicos.
Pero asistimos en el área de la salud mental a otras actuaciones que nos devuelven a situaciones que creíamos ya superadas. Vuelve a estigmatizarse a los ciudadanos con problemas mentales, o simplemente a señalar a la salud mental, con disposiciones y leyes como si ésta necesitase un estatus especial que requiere medidas y consideraciones más allá de las necesarias para cualquier ciudadano.
Nos referimos a las propuestas en el borrador del Proyecto de Ley de Reforma del Código Penal, introduciendo nuevamente el concepto de peligrosidad ligado al trastorno mental y las propuestas sobre medidas de seguridad, posibilitando medidas de limitación de la libertad a sin límites claros. La Ley orgánica de protección de la vida del no nacido y de los derechos de la mujer embarazada, eliminando el ejercicio de la libre voluntad de decisión de la mujer y la obligación a someterse a exámenes para valorar la relación entre decisión y su estado mental presente y futuro. Y, por último, y afortunadamente retirado hace unos días, el borrador sobre Intervención sanitaria en situaciones de riesgo para la salud pública, en el que se incluían algunos Trastornos Mentales como supuestos de riesgos para la salud pública en su punto 2.7., y que contaba con el respaldo de los responsables de la Coordinación de la Estrategia de Salud Mental del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Creemos que existe un planteamiento estratégico en algunos contextos del poder político, económico e incluso técnico dispuestos a retroceder a concepciones marginadoras, estigmatizantes y precientíficas sobre la salud mental y las personas afectadas, especialmente las más graves. Esto supondría hacernos retroceder en 50 años en mucho de lo conseguido hasta ahora, sin tener en cuenta además que sería ir en contra de lo que se ha aportado en el mundo en avances sobre el conocimiento científico de los trastornos mentales y las intervenciones necesarias para lograr que las personas afectadas puedan mejorar sus condiciones de salud mental, estando en condiciones de recuperar un proyecto de vida de calidad suficiente para integrarse sin estigmatización en el contexto social y cultural al que pertenecen.
Queremos en este bolentín volver a recordar esta circunstancia e insistir en nuestro posicionamiento, respaldado por los documentos cuyos enlaces os volvemos a facilitar. En especial, hacemos hincapié en el riesgo que la estrategia señalada pone en el incremento de medidas coercitivas hacia las personas con problemas de salud mental, como forma de justificar y no emplear una correcta dimensión de los recursos necesarios para su atención. Así ocurre, por ejemplo, con la insistencia en la implantación del Tratamiento Ambulatorio Involuntario.

Enlaces:

COMENTARIOS AL ANTEPROYECTO DE REFORMA DEL CODIGO PENAL. Grupo de Etica y Legislación AEN

ENMIENDAS AL ANTEPROYECTO DE REFORMA DEL CODIGO PENAL. FEAFES

INTERVENCION SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PUBLICA. Borrador del documento elaborado por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Noviembre 2013

 


Declaración Foro Salud Mental en apoyo a Sanidad Pública de Madrid

DECLARACIÓN EN APOYO DE CIUDADANOS Y PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA COMUNIDAD DE MADRID MOVILIZADOS EN DEFENSA DE LA SALUD PÚBLICA.

Los firmantes de esta declaración, integrantes del Foro de Salud Mental, reunidos en Madrid en abril de 2013, quieren manifestar el apoyo de los miembros de todas sus organizaciones a los ciudadanos y profesionales de la salud que se están movilizando en defensa de los servicios públicos de salud de esta Comunidad.

Lea aquí el texto completo

 

 

 


Comentario sobre la Propuesta de de Anteproyecto de Modificación del Código Penal en Relación a las Medidas de Seguridad

Grupo de Ética y Legislación: Asociación Española de Neuropsiquiatría, AEN. Marzo 2013.

Alicia Roig Salas. Psiquiatra (Barcelona), Ana Moreno. Psiquiatra (Alcalá de Henares), Onésimo González Álvarez. Psiquiatra (Huelva), María Eugenia Díez Fernández. Psicóloga Clínica (Asturias), Mariano Hernández Monsalve. Psiquiatra (Madrid), José Leal Rubio. Psicólogo Clínico (Barcelona), Fernando Santos Urbaneja. Jurista (Córdoba)
 


Texto completo en PDF 

 

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Informe AEN sobre Proyecto Real Decreto Troncalidad

INFORME DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE NEUROPSIQUIATRIA SOBRE EL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA TRONCALIDAD Y OTROS ASPECTOS DEL SISTEMA DE FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN CIENCIAS DE LA SALUD

 En respuesta a la solicitud de informe recibida en esta Asociación, en diciembre de 2012 desde la Secretaría General Técnica del MSSSI, en relación al RD mencionado mas arriba, remitimos las consideraciones que a continuación se detallan con la idea de contribuir a mejorar su contenido.
 El planteamiento central del RD sobre troncalidad nos parece positivo, ya que parte de la necesidad de abordar los procesos de salud-enfermedad desde una óptica integral, con un enfoque interdisciplinario y multiprofesional, superando de esta forma la parcelación actual de las profesiones sanitarias.
 Queremos trasmitir nuestra satisfacción por la creación del tronco de Psiquiatría y  de la nueva especialidad de Psiquiatría del Niño y del Adolescente. Con esta creación se da cumplida respuesta a muchos años de reivindicación  por parte de las Asociaciones de familiares de niños con enfermedades mentales y de las Sociedades y Asociaciones de profesionales de la Psiquiatría del Niño y del Adolescente tanto en nuestro país como en la U. E.
 Queremos mostrar también nuestra satisfacción por la creación de las Áreas de Capacitación Especifica.
Sin embargo entendemos que hay algunos temas que sería necesario precisar y otros modificar.

A. Unidades docentes multiprofesionales
El RD establece la reorganización y reacreditación de las Unidades Docentes en diferentes niveles, troncales y de especialidad. Pero no especifica cómo se van a articular en la nueva estructura docente las Unidades Docentes Multiprofesionales. En todo el texto únicamente se mencionan las Unidades Docentes Multiprofesionales de Salud Mental en relación a la formación de la Psiquiatría del Niño y del Adolescente. Seria necesario, a nuestro juicio, precisar este aspecto.

B. Acceso a la formación especializada en Psicología Clínica
El RD (Anexo 1.3) establece el acceso a la especialidad desde el grado/licenciatura en Psicología. Tenemos que señalar nuestro total desacuerdo con este planteamiento, manifestado en diferentes documentos y reuniones tanto con el MSSSI como con el MECD. El acceso a la profesión de psicólogo especialista en Psicología Clínica debe ser desde la profesión sanitaria generalista en Psicología, que establece la Ley 33/2011 General de Salud Publica.
Dicha Ley señala que el titulo de Grado no habilita, por sí mismo, para el ejercicio de la psicología en el sector sanitario. Por lo tanto la misma Ley especifica claramente que para ejercer la profesión de psicología sanitaria es preciso una formación específica posterior al Grado, como consecuencia, es incomprensible que para acceder a la especialidad de Psicología Clínica, que supone el mayor nivel de conocimientos y responsabilidad, no se exijan los conocimientos previos de la profesión sanitaria generalista de la psicología. El planteamiento del RD, de acceder desde el Grado de Psicología a la formación especializada, es contrario a la formación de especialistas en Ciencias de la Salud y constituiría la única excepción de todo el sistema, con consecuencias negativas de difícil solución.
En definitiva reclamamos que el acceso a la especialidad de Psicología Clínica sea desde la profesión de psicólogo general sanitario y no desde una titulacion no sanitaria. Por tanto la modificación del Anexo 1.3 del RD.

B- Capítulo II   “De la Troncalidad”

B.1. la Psicología Clínica como especialidad troncal
En un principio, el proceso de elaboración de la normativa sobre troncalidad no contemplaba la posibilidad de configurar la Psicología Clínica como especialidad troncal. Sin embargo, las específicas características de la población de niños y adolescentes y las necesidades de atención en el SNS de ellas derivadas, exigen la especialización en este periodo etario. Todos los informes internacionales plantean que las políticas en salud mental deben desarrollar servicios específicos para la atención a niños y adolescentes, y que la salud mental de niños y adolescentes debe constituir un área específica de formación en todos los países europeos. El mismo planteamiento está recogido en el documento de Estrategia en Salud Mental del SNS.
Entendemos que siguiendo este planteamiento, el RD crea la nueva especialidad de Psiquiatría del niño y del adolescente que se incluye en el nuevo tronco de Psiquiatría. Por las mismas razones nos parece indiscutible la creación de la especialidad de Psicología Clínica de infancia y adolescencia,  dentro del tronco de Psicología Clínica. El propio Ministerio de Sanidad y Consumo se interesó en el tema al encargar a nuestra asociación un informe sobre la atención a la salud mental de niños y adolescentes, en el que participaron además ocho asociaciones profesionales, y en el que se reclamaba la creación de ambas especialidades. (Informe sobre la salud mental de niños y adolescentes. Cuadernos técnicos nº 14. AEN, 2009).
Además de estas consideraciones es preciso señalar que, tanto la Psiquiatría como la Psicología Clínica forman parte, tanto en su actividad docente como asistencial, de las unidades docentes multiprofesionales de salud mental, en las que también se incluye la especialidad de Enfermería de salud mental. Los equipos interdisciplinarios de estas unidades están compuestos por psiquiatras, psicólogos clínicos y enfermeros especialistas. Coherentemente con esta estructura asistencial y docente consideramos necesaria la creación de un nuevo tronco de Psicología Clínica en el que se integre la especialidad de Psicología Clínica de infancia y adolescencia.

B.2. Naturaleza y funciones de las comisiones delegadas de tronco
 En el artículo 9,  el apartado 1 se hace mención al plazo de 3 meses a partir de la publicación de este Decreto para la constitución de la Comisión Delegada de Tronco del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, cuando en el artículo 38 del Capítulo VI apartado 4 se dice que en el plazo de 4 meses, desde la entrada en vigor de este Real Decreto, se constituirá la Comisión Nacional de la especialidad de Psiquiatría del Niño y del Adolescente del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud. En nuestra opinión los plazos de ambas Comisiones deben de ser iguales.

C.- Capítulo VI “De la creación y modificación de títulos de especialista” 

En el artículo 38 apartado 4 se dice que en el plazo de 4 meses a partir de la publicación de este Real Decreto se constituirá la Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría del Niño y del Adolescente del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud. En nuestra opinión este plazo debe de ser de 3 meses  para que sea equivalente al plazo de constitución de la Comisión Troncal correspondiente.

D. Normas relativas a la constitución de la primeras Comisiones Nacionales de las Especialidades de nueva creación”

La Disposición Transitoria Tercera, apartado 1 se dice  “…se concederán los nuevos títulos de especialista a los vocales de la Comisiones Nacionales de la nuevas especialidades que sean propuestos para el primer mandato…..siempre que dichas propuestas recaigan en profesionales de reconocido prestigio y una experiencia profesional específicamente desarrollada en el área de capacitación de que se trate, de al menos 5 años, en los últimos 7 años anteriores a la entrada en vigor de este Real Decreto”. Consideramos que deben hacerse las siguientes modificaciones :

• Debe recogerse como en “el área de especialización de que se trate” y no de capacitación.

• Nos parece fundamental dada la enorme importancia de esa primera Comisión Nacional de Psiquiatría del Niño y del Adolescente que los profesionales elegidos tengan una experiencia profesional de cómo mínimo 10 años.

E.- Disposición Transitoria Sexta “Vías transitorias de acceso a los  nuevos títulos de especialista en Ciencias de la Salud” 

• En el apartado 2 se especifican los títulos universitarios que pueden acceder a los nuevos títulos de especialidad. En el caso de la Psiquiatría del Niño y del Adolescente pensamos que los especialistas que puedan acceder por esta vía deben de ser ya especialistas en el Tronco de Psiquiatría con experiencia profesional suficiente en Psiquiatría del Niño y del Adolescente.
 
• En el apartado 3, sobre el procedimiento de acceso por la vía excepcional al título de especialista en Psiquiatría del Niño y del Adolescente y en el punto b segundo párrafo, se dice que si el informe de la Comisión Nacional de la Especialidad sobre la adecuación de la actividad asistencial, docente e investigadora desarrollada y el programa formativo es favorable el aspirante deberá superar una prueba teórico-práctica determinada por la Dirección General de Ordenación Profesional y la Comisión Nacional

En este punto, si el informe es favorable, nos parece totalmente innecesario e inadecuado e incluso contraproducente la obligatoriedad de realizar dicha prueba. En este caso hay que tener en cuenta que estamos hablando de profesionales de la psiquiatría con muchos años de trabajo en el ámbito de la Psiquiatría del Niño y del Adolescente y en muchos casos con años de trabajo y formación en Servicios de Psiquiatría del Niño y del Adolescente públicos en países de la Unión Europea.  
La prueba teórico-práctica o la realización de un periodo formativo complementario, más adecuado y objetivo,  deben de reservarse exclusivamente, en nuestra opinión, para aquellos aspirantes cuyo informe
por parte de la Comisión Nacional de la Especialidad sea desfavorable.

F. Áreas de capacitación específica (ACEs).

Respecto a este apartado  proponemos se active el reconocimiento de las que consideramos imprescindibles en el ámbito de las especialidades que se integran en nuestra asociación y conforman el conjunto de la Salud Mental: Psicoterapia, Psicogeriatría, Alcohol y Drogas, que ya se encuentran esbozadas en el actual programa de formación de Psiquiatria

Esperamos que este informe contribuya a mejorar el RD y merezca su consideración.
Atentamente
                        
Eudoxia Gay Pamos - Presidenta AEN-PSM
José Leal - Vicepresidente AEN-PSM                                
Roque Prego - Presidente de la Sección de Psiquiatría de la Infancia y la Adolescencia de la AEN

 


Adhesión AEN al Manifiesto Europeo de Oposición a la Comercialización del Sistema de Salud.

recortes

La AEN se ha adherido al Manifiesto Europeo  de Oposición  a la Comercialización del Sistema de Salud.

Manifiesto en castellano.

Manifiesto en inglés