Posición de la Sección de Rehabilitación de la AEN ante el Centro de Referencia Estatal de Atención Psicosocial en Valencia

Posición de la Sección de Rehabilitación de la AEN ante el Centro de Referencia Estatal (CRE) de Atención Psicosocial a personas con trastorno mental grave en Valencia (regulado por Orden SSI/2416/2014, 17 de diciembre) ante su puesta en funcionamiento.

Desde la Sección de Rehabilitación de la AEN ponderamos y damos valor a los esfuerzos y empe-ños del IMSERSO en dar respuesta y apoyo a las necesidades de las personas con discapacidad, ocasionada por diferentes patologías – Alzheimer, daño cerebral, enfermedades raras… Ante estas patologías, la respuesta del IMSERSO se canaliza en gran medida y habitualmente a través de los Centros Estatales de Referencia. Estos centros, que están integrados en la red de Servicios del Sis-tema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, son dispositivos de servicios sociales de carácter supracomunitario, que podrán disponer de servicios de atención directa y/o de gestión del conocimiento.

Pero esta Sección de Rehabilitación de la AEN establece y se posiciona en una “distancia crítica” con la equiparación que hace el IMSERSO de la discapacidad ocasionada por el Trastorno Mental Grave con las discapacidades de otras patologías y sobre todo con su respuesta de un Centro Esta-tal de Referencia (CLE) con su configuración de un Centro de Día (25 plazas) y un Centro Resi-dencial (24 plazas).

Esta “distancia crítica” se fundamenta en la lejanía que existe entre esta propuesta del IMSERSO y la que, cada vez con mayor nitidez, se considera como el núcleo básico de rehabilitación recogido en numerosos informes técnicos:

a) La rehabilitación es comunitaria, entendida como espacio de encuentro entre las diferentes agencias comunitarias – salud, educación, servicios sociales, sistema judicial- que promueven y garantizan los derechos de las personas y que atienden a sus necesidades, en muchas oca-siones de trabajo y vivienda.

b) Comunitaria también porque el crecimiento y el cambio descansan en la comunidad por las interacciones y los apoyos naturales que desprende. Por eso es notoria la contribución, junto con los profesionales de los distintos servicios, la propia de los amigos, vecinos, de la familia y de la propia persona

c) Propone una consideración ecológica de la salud y sus estrategias hablan a favor del empode-ramiento de los contactos, objetivos y programas conjuntos de los sistemas comunitarios, ale-jando a la rehabilitación de la ubicación en uno de ellos, sanitario o social.

d) Desde este modelo comunitario y desde estas estrategias; los niveles de intervención abarcan el fortalecimiento/competencia, el abandono progresivo del rol de enfermo, la participación en la comunicación y relación con otras personas y la recuperación progresiva de la ciudadanía y la subjetividad.

Estos elementos nucleares de la rehabilitación se apoyan en unas líneas base:
– Se encuentran contextualizados. Están ubicados en diferentes contextos de una comunidad determinada.
– No son patrimonio de un servicio comunitario determinado.
– Al no estar atrapado en ninguno de ellos disminuyen considerablemente los riesgos de insti-tucionalización
– Manifiesta su confianza en la persona profundizando en un modelo de crecimiento y no de déficit.

Estos núcleos de la rehabilitación proporcionan un modelo de la misma y permite a los miembros de la Sección establecer “esa distancia crítica” que se plasma de un modo más concreto en los siguientes puntos:

a) El modelo de CER se aleja del modelo comunitario en salud mental y basado en principios de salud pública.

b) El principal recurso es la propia comunidad (la comunidad de referencia) y los equipos asis-tenciales son solo instrumento al servicio de ella.

c) La necesidad de que la rehabilitación se de en los núcleos de convivencia del sujeto (Principio de sectorización).

d) La rehabilitación como un complejo quehacer en el que participan instituciones sanitarias, so-ciales y la propia comunidad en coordinación, garantizando la continuidad de cuidados y el trabajo en red.

e) Se considera una valoración débil de la discapacidad ocasionada por el Trastorno Mental Seve-ro considerar sólo su realidad y no prestar atención a su etiología, características y manifesta-ciones.

f) No parece que sea una respuesta científica y adecuada situar su respuesta en un único servicio comunitario – servicios sociales – si su etiología es plural.

g) La ineptitud de la respuesta adquiere más entidad si este servicio comunitario se canaliza sobre todo a través de un Centro Estatal de Referencia.

h) Se posterga el modelo comunitario y el objetivo básico de adquisición de la ciudadanía de las personas con Trastorno Mental Grave.

i) No se entiende que la adquisición de las diferentes destrezas y habilidades y la correspondiente generalización de los aprendizajes se puedan alcanzar en un Centro aislado de la comunidad de referencia.

j) La vivencia de lo cotidiano como ocasión de conocimiento y crecimiento gira sobre todo en torno a normas, horarios, programas y relaciones.

k) La oferta de rehabilitación por medio de un Centro aumenta notablemente los riesgos de insti-tucionalización y el carácter estatal del mismo favorece la presencia de variables espurias, sobre todo de tipo político y de juego de grupos de presión.

l) Su modelo de Referencia Estatal no se propone como una red de relaciones funcionales a lo largo del Estado, que sería una concepción más enriquecedora e innovadora, facilitadora de in-tercambios entre comunidades autónomas.

Ante la existencia de este Centro y su próxima apertura; la Sección de Rehabilitación de la AEN no tiene vocación de demolición, pero sí, junto con las consideraciones anteriores, de efectuar propuestas que cambien su modelo de gestión participativo por las administraciones públicas y las sociedades científicas y mejoren sus prestaciones dirigidas básicamente a:

a. Servicio de Información: Creación de un Servicio de Información sobre rehabilitación para que los profesionales dispongan de las aportaciones que se vayan presentando.

b. Servicio de Formación: Realización de cursos propios en colaboración con la Universidad y asociaciones como la AEN.

c. Servicio de Coordinación: Favorecer y hacer posible los encuentros entre los diferentes servicios comunitarios para diseñar intervenciones conjuntas o contrastar experiencias

d. Servicio de Investigación: Siguiendo el paradigma de investigación en la acción se analiza la atención directa y las intervenciones de coordinación

e. Servicio de Atención: Las plazas de la zona residencial del Centro Estatal de Referencia estarían destinadas a las personas que proceden de este centro penitenciario de Fontcalent. La Atención directa consistiría en promover interacciones y contactos con la comunidad para favorecer la asimilación de valores, normas y procedimientos, y así incorporar el sen-tido psicológico de la comunidad, al mismo tiempo que se actualizan sus capacidades y re-cursos para favorecer procesos integradores en la comunidad y en sus lugares de origen

Por último señalar que la propuesta de un Centro Estatal y la encomienda de su gestión a una fundación reabre el debate sobre la participación de iniciativas privadas en servicios públicos. No-sotros nos posicionamos por los servicios públicos; pero entendemos que esta opción tiene que ser perfilada y completada por una concepción comunitaria de la rehabilitación. Si esto no es así, en muchas ocasiones los servicios públicos contribuyen a dar respuestas anquilosadas y parciales y buscar refugio exclusivamente en un modelo médico.

La AEN y su Sección de Rehabilitacion muestran su disposición y colaboración para trabajar en la dirección señalada en este documento.

Junta Sección Rehabilitación